Guía básica para elegir el mejor seguro para tu auto

La Ley de Tránsito N° 24.449 en su artículo 40 indica que cada conductor debe contratar un seguro para poder circular. El hecho de no tenerlo sancionará al conductor con una multa elevada y existe la posibilidad de que retengan el vehículo.

Mas allá de la obligatoriedad, el Estado le da la opción a cada persona que elija que tipo de seguro quiere tener. El obligatorio es el de Responsabilidad Civil (más conocido como el “seguro contra terceros”).

Ninguna compañia ni nadie te puede obligar a elegir determinado seguro. El obligatorio es el de responsabilidad civil. Foto: Autotest.com.ar
Ninguna compañia ni nadie te puede obligar a elegir determinado seguro. El obligatorio es el de responsabilidad civil. Foto: Autotest.com.ar

Los cuatro tipos de seguros para autos

Independientemente de la compañía de seguros que elijas todas tienen por defecto estos cuatro tipo de seguros:

  • A: Responsabilidad civil: este tipo de cobertura es el que se requiere obligatoriamente por ley para circular. Cubre los daños provocados a terceros y/o sus cosas en accidentes de tránsito. En cambio, tu auto no tiene ningún tipo de cobertura.
  • B: RC + daños a terceros + robo total, incendio total y destrucción total por accidente. Este tipo de seguros ampara la pérdida total del vehículo, sea por robo, incendio o destrucción total por accidente. ¿Qué quiere decir esto? Que no tendremos cobertura en caso de daños, incendio o robo cuando estos sean parciales. Se trata de una opción que se destaca por ser relativamente económica y salvarnos en situaciones críticas como el robo de nuestro auto.
  • C: RC + daños a terceros + robo total y/o parcial, incendio total y/o parcial y destrucción total del rodado por accidente. Este tipo de seguros, además de agregar la cobertura de daños parciales por incendio o de robos parciales, puede incluir beneficios adicionales como, daños a cristales, a cerraduras y granizo, etc. Es una opción intermedia en las cuotas fijas del seguro, y ampara los riesgos más importantes a los que está expuesto el vehículo.
  • D: Todo riesgo: RC + daños a terceros + robo total y/o parcial, incendio total y/o parcial y destrucción total y daños parciales por accidente. Este tipo de seguros son los que se conocen como seguros contra todo riesgo. Tienen la ventaja de amparar los daños parciales que sufra nuestro automotor en caso de choque o accidente. Puede contratarse con distintos tipos de franquicias (descubierto a cargo del asegurado). Si bien es un poco más costoso, es el formato que mejor cobertura provee, y con el que podemos manejarnos más tranquilos.
Si chocás, debes denunciar el hecho a la empresa de seguros de tu auto inmediatamente. Foto: Adobe Stock.
Si chocás, debes denunciar el hecho a la empresa de seguros de tu auto inmediatamente. Foto: Adobe Stock.Por: Paolese – stock.adobe.com

¿Cada cuánto tengo que renovar mi seguro?

El seguro por responsabilidad civil se renueva anualmente y debe estar al día.

¿Qué ocurre si choco y mi seguro está vencido?

Si no abonaste en término, no tendrás ninguna cobertura. Un seguro es un contrato entre dos partes: la aseguradora y vos como asegurado. Por ese contrato, la compañía queda obligada a asumir un compromiso de pago ante cualquier eventualidad que ocurra y vos quedás obligado a abonar la cuota en el plazo convenido por la aseguradora.

La legislación para las motos es igual que para los vehículos. Foto: Segurosweb.com.ar
La legislación para las motos es igual que para los vehículos. Foto: Segurosweb.com.ar

¿Qué papeles necesito para contratar un seguro contra terceros?

  • Vas a necesitar acreditar tu identidad y demostrar la posesión del rodado, por lo cual tendrás que exhibir tu DNI y la cédula verde y el título del vehículo. También deberías acreditar tu domicilio, a través de un servicio o impuesto a tu nombre.
  • Antes de extenderte la póliza, la compañía te exigirá el cumplimiento de la revisión técnica obligatoria o hará una inspección del automotor para garantizar que esté en condiciones reglamentarias de seguridad en caso de que no hayas hecho esa revisión técnica el año anterior.
  • Una vez acreditados tus datos y completados los formularios, leé todas las cláusulas del contrato cuidadosamente y firmá la documentación. Chequeá que los datos del contrato y de la póliza coincidan.

¿El seguro obligatorio contra terceros rige también para las motos?

, el seguro para las motocicletas se rige por las mismas condiciones que las de los automotores.